martes, 14 de febrero de 2017

Por qué la pseudociencia nunca acaba en el banquillo de los acusados

Ministeriojusticia

Ayer, ABC anunciaba que se había descubierto una cura de la psoriasis a base de cenizas de café. Durante el fin de semana, Josep Pamiés decía que uno de sus remedios "contra el cáncer" (la kalanchoe) funcionaba si no se combinaba con quimioterapia convencional. Y, en El Confidencial, hablaban largo y tendido de Odile Fernández que ha vendido más de 100.000 ejemplares y ha fichado por Planeta.

Pese a los esfuerzos de muchos profesionales, la pseudociencia campa a sus anchas por Facebook, periódicos, revistas y canales de televisión. Y la pregunta que más se repite en las redes sociales es, ¿por qué nadie toma medidas contra aquellos que ponen en riesgo la salud de las personas solo para enriquecerse? Hemos hablado con algunos expertos para entender el problema

Los colegios profesionales: Denuncias en público, pero pocas acciones concretas

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Desde la Asociación Española de Derecho Sanitario, nos dicen que estos casos "hay que denunciarlos y ponerlos en conocimiento de la Organización Médica Colegial y del Colegio en concreto". En el caso de los profesionales sanitarios que promueven pseudoterapias de forma pública (sobre todo, si animan a abandonar tratamientos), los Colegios Oficiales sí tendrían algo que decir.

El mayor problema es que pese a sus declaraciones públicas contra la pseudociencia, sus normativas internas hacen muy difícil combatir la 'medicina alternativa' de forma efectiva. Aunque según el código médico, se debe "respetar la evidencia científica" (23.1), se desaconseja taxativamente "interferir en la asistencia que esté prestando otro colega" (39.1) y establece la "obligación de defender" a sus colegas.

Sólo en caso de tortura (60) o dopaje deportivo (61.3), el médico está obligado a denunciar ante las autoridades. Y el artículo 38.3 prohíbe de facto la discusión pública con frases como "las discrepancias entre los médicos no han de propiciar su desprestigio público" o "se evitarán polémicas públicas".

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El Código Deontológico de la psicología asegura con una mano (artículo 21) que "el ejercicio de la psicología no deberá ser mezclado [...] con otros procedimientos y prácticas ajenos al fundamento científico de la psicología", pero solo "cuando tal prohibición esté prevista legalmente".

Mientras que, en la misma línea, afirma que los psicólogos "no desacreditarán a colegas u otros profesionales que trabajan con sus mismos o diferentes métodos, y hablarán con respeto de las escuelas y tipos de intervención".

Los colegios profesionales tienen serias dificultades para autorregularse en todo lo relacionado con la pseudociencia

La consecuencia más directa de esto es que, muchas veces son los mismos colegios los que organizan y avalan las prácticas pseudocientíficas. Es decir, como nos explican desde la AEDS, la vía deontológica y de control profesional está ahí y puede llevar a la inhabilitación del facultativo. No obstante, según parece, no suele ponerse en marcha.

En general, por las conversaciones que hemos mantenido estos días parece claro que los colegios profesionales, por sus equilibrios internos, suelen evitar entrar frontalmente en temas de esta índole. Casos como el de la doctora Mónica Lalanda expedientada por una carta en la que denunciaba el estado del servicio donde trabajan contrasta con las figuras públicas que bajo el halo de la medicina, promocionan pseudociencias sin ningún recato y con el apoyo de uno de los grupos mediáticos más importantes del país.

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No obstante, y afortunadamente, la mayoría de profesionales sanitarios son muy combativos contra la pseudociencia y la mayor parte de los que hacen negocio con la pseudociencia no son, en ningún caso, profesionales sanitarios. ¿Qué se puede hacer en este contexto? El problema en este caso es que, tras más de una década de Ley Ordenación de Profesiones Sanitarias, la ley no se aplica con contundencia y la interpretación de la misma que ya han establecido los tribunales sigue sin llegar.

La Ley regula todo el "conjunto de acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, dirigidas a fomentar, restaurar o mejorar la salud realizadas por profesionales sanitarios". Reconocía el papel central de los licenciados en medicina en la indicación de este tipo de acciones sanitarias y regulaba el rol de otras profesiones sanitarias (fisioterapia, etc...).

Pese a ser una ley necesaria, desde el principio fue muy polémica porque, por ejemplo, no reconocía a los licenciados en psicología como profesionales sanitarios. Eso quería decir que a efectos legales solo los "pires" (los psicólogos internos residentes) podían hacer terapia psicológica. Los licenciados en psicología quedaban fuera de la ley.

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Como la Ley parecía mal diseñada para atender a las necesidades sanitarias reales (por volver al ejemplo anterior, la mayor parte de la atención psicológica privada la vienen realizando licenciados en psicología sin el PIR), empezó a extenderse la idea de que si no se era 'profesional sanitario' la normativa no afectaba. De hecho, se ha defendido en numerosas ocasiones que si le cambiamos el nombre a la actividad (es decir, en lugar de hablar de 'terapias', hablamos de 'entrenamiento' o 'educación') la Ley tampoco es aplicable.

La Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias es clara, pero han surgido muchos rumores e interpretaciones a su alrededor

Pero esto no deja de ser rumorología amparada en el hecho de que no se ha aplicado sistemáticamente la normativa. No es cuestión de nominalismo: las actividades sanitarias lo son independientemente de cómo las llamemos.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dejó claro que "todas las actuaciones [...] tendentes a la conservación, mantenimiento y restablecimiento de la salud, mediante el diagnóstico, la indicación terapéutica y el pronóstico, o la prevención, recuperación y rehabilitación de disfunciones somáticas mediante el empleo de agentes físicos, son [...] consideradas, actuaciones sanitarias encomendadas a determinados profesionales sanitarios o profesionales del área sanitaria".

Y, más tarde, el Tribunal Supremo lo confirmó: "cualquier terapia, ya sea convencional o natural [...], debe estar integrada en el sistema de salud" y ese es el motivo por el que "el profesional que la ejerza y el establecimiento en que se practique deban cumplir las exigencias previstas en la legislación básica".

Es decir, podría haber una vía legal fuerte en todo lo que se refiere a la usurpación de la actividad médica, pero la legislación tampoco es clara en este aspecto (esencialmente, porque está desactualizada) y los usurpadores se suelen mover en el filo de la legalidad para evitar problemas.

¿Es ilegal promover la pseudociencia? Libertad de expresión y responsabilidad socio-sanitaria

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En nuestro marco legal, "recomendar productos o que se abandonen tratamientos médicos en abstracto no es delito" explicaba el abogado y activista escéptico Fernando Frías. En general, y enfatizo en lo de 'general', los discursos sólo se vuelven delitos por sus consecuencias. Sólo en el caso de que alguien sufriera perjuicios graves a causa de esas recomendaciones estaríamos ante un caso legal.

El año pasado, por ejemplo, un homeópata fue sentado en el banquillo de los acusados por infectar a un paciente en Asturias. Pero estos casos son muy raros. Primero porque estos enfermos no suelen denunciar y segundo porque los perjuicios suelen ser difíciles de demostrar.

Muchos especialistas reivindican que se debería empezar a hablar de un cambio legislativo que, como en otros delitos como la incitación al odio, permita luchar contra este tipo de discursos pseudocientíficos. Las colisiones con la libertad de expresión son evidentes, pero el debate y las tensiones están ahí.

La indefinición del Gobierno y las administraciones: el problema clave

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Hay otros delitos contra la salud pública como el tráfico y la elaboración ilegal de medicamentos que podrían darnos un marco legal más favorable en la lucha contra la pseudociencia. Otro marco que no se usa porque en el caos reglamentario español la administración no suele entrar en estos temas.

Además, la administración ha abierto una vía para que estos productos comiencen a ser legales. De facto, en España un medicamento era "toda sustancia o combinación de sustancias que se presente como poseedora de propiedades para el tratamiento o prevención de enfermedades en seres humanos", pero en los últimos años eso ha cambiado.

Con la oposición de los profesionales, la inactividad de las administraciones es clave para entender el revival actual de la pseudociencia

Ya no es necesario "tratar o prevenir" una enfermedad, basta con no producir ningún daño. De esta forma, hasta cinco medicamentos homeopáticos se venden de forma reglamentaria en el país pese a la oposición de un número cada vez mayor de farmaceúticos.

El resultado es que entre la falta de instrumentos normativos y la no aplicación de los ya existentes, la pseudociencia sigue colándose en administraciones públicas, universidades y hospitales. Eso sí, no sin resistencia. Ayer, sin ir más lejos, las redes sociales se llenaron de mensajes que reivindicaban la evidencia científica bajo el lema de #stoppseudociencia. Lamentablemente, a nivel legal, queda aún mucho por hacer.

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La noticia Por qué la pseudociencia nunca acaba en el banquillo de los acusados fue publicada originalmente en Xataka por Javier Jiménez .



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