martes, 28 de noviembre de 2017

Sentencia absolutoria definitiva en uno de los casos más antiguos de P2P: EMWReloaded absuelto tras 11 años

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a los administradores de EMWReloaded de las acusaciones por delitos contra la propiedad intelectual. Con esta sentencia se cierra definitivamente uno de los casos más antiguos de juicios en España contra páginas de enlaces P2P.

La sentencia ha llegado después de que el juez haya considerado que en el momento en el que se acusó a los administradores de la web, la actividad que realizaban no estaba claramente definida ni tipificada en el código penal, por lo que no se les puede culpar de violar ninguna ley.

En la sentencia se puede leer el siguiente párrafo, que explica las razones por las que se ha tomado esta decisión.

A pesar de los razonables argumentos esgrimidos por los recurrentes y siguiendo el criterio del Ministerio Fiscal, garante de la legalidad, estimamos que los acusados realizaban una actividad que no estaba claramente tipificada en el momento de la comisión de los hechos denunciados, lo que afecta al principio de legalidad si la conducta típica no se define con la precisión y el detalle que exige dicho principio.

La sentencia pone fin a un caso que lleva más de una década en los juzgados. Se empezaron a producir detenciones entre los años 2006 y 2007, y el primer juicio de este caso tuvo lugar en el año 2015. Ya entonces la sentencia fue favorable a los creadores de EMWReloaded, y después de una apelación realizada este mismo año, la nueva sentencia les absuelve de manera definitiva.

De hecho, el texto de esta sentencia deja claro que a la hora de juzgar estas actividades hay que tener en cuenta la legislación de cuando se realizaron las denuncias. Esto quiere decir que en los próximos meses deberían llegar sentencias similares para varios otros casos de la época que aún hoy siguen abiertos.

Tras la reforma de la 'Ley Mordaza', actualmente el código penal impone penas a quien "con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica" sin la autorización de los titulares de sus derechos.

Este artículo fue introducido para intentar disuadir a algunas páginas de descargas, pero no ilegaliza a todas las descargas P2P sino sólo a quienes las utilizan de una determinada manera. En cualquier caso, independientemente de que se pudiera aplicar o no al caso de EMWReloaded, lo cual estaría por ver, la sentencia deja claro que no puede aplicarse este texto al ser posterior a las denuncias.

La eterna batalla contra el P2P en España

Hasta el 2006 ni se perseguía ni se trataban de enjuiciar las páginas de descargas. Esto hacía que, a falta de alternativas, muchos usuarios abriesen webs páginas para compartir todo tipo de contenido audiovisual que de ninguna otra manera podían conseguir en Internet. Pero a partir de ese año todo empezó a cambiar, y la industria empezó a perseguir estas páginas y denunciar a sus administradores.

La primera operación contra el intercambio de archivos de España tuvo lugar en 2006, y con ella se detuvieron a un total de 15 personas. EMWReloaded era una de las páginas más grandes y populares de este tipo en la época, y aunque no se vio afectada por esta primera operación acabó acabó cayendo unos meses después. Desde entonces sus administradores han estado casi once años de batallas legales gastándose un dinero en procedimientos que no recuperarán.

Pero el código penal ni siquiera hacía referencia a estas páginas, por lo que las principales sentencias sentencias en los juicios contra ellas determinaron que no cometían ningún delito porque no publicaban los contenidos en sus páginas, lo que se denomina comunicación pública, sino que únicamente los enlazaban.

"Lo que hizo la industria fue convencer al gobierno para cambiar el código penal y que esta conducta pasase a estar criminalizada", nos ha contado el abogado Carlos Sánchez Almeida, que ha participado en el juicio. "Simultáneamente hubo una serie de sentencias de la Unión Europea diciendo que estas actividades eran comunicaciones públicas".

Sin embargo, esta nueva normativa tampoco tiene mucho sentido hoy en día. El contexto actual es totalmente diferente al existir varias alternativas como Netflix, que varios estudios han demostrando que son más efectivas para disminuir las descargas que la persecución judicial. Además, otros estudios europeos también han demostrado que las descargas tampoco afectan a las ventas.

La última reacción de la industria a que la justicia no les de la razón ha sido la de tratar de echarle la culpa a los propios usuarios que se descargan el contenido. Pero tampoco les ha salido bien. Hace veinte días se emitió la primera sentencia en España sobre el uso de P2P, y también aquí los usuarios fueron absueltos.

En Xataka | Los casos más sonados contra webs P2P y 15 años de pelea judicial, contados por David Bravo (Insert Coin 1x03)

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